Ley Nº 7973

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Número: 7973


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 07973

LEY 7073

Restableciendo la Agencia Fiscal de la pro-ríocia de Andahuaylaa y consignando la correspondiente partida en el Presupuesto General para 1935.

EL FRJÜSIDEJOTE DE LA REPUBLICA

Por nimito;

E! (Congreso Constituyente luí dado la ley

siguiente;

EL CONGRESO CONSTITUYENTE lili dado la lev siguiente:

v O

Artículo único.— Restablécese la Agenda Pisca,i <le la provincia de Andahuaylas, Consignándose en el Presupuesto General de la República, correspondiente al año 1935, la respectiva partida.

Comúníquese al Poder Ejecutivo para su promulgación.

Casa del Congreso, en Lima, a los veintiocho días del mes de diciembre de mil'no-Pecientos treinta y cuatro

Clemente. J. fíenilla, Presidente del Congreso.

M. Wenceslao Delgado, Secretario del Congreso.

Gonzalo Salazar. Secretario del Congreso.

Al señor Presidente Constitucional de la República.

Por tanto:

Mando se publique v cumpla.

Dado eh la Casa de Gobierno, en Lima, a los doce días del mes de enoro de mil novecientos treinta v cinco.

t*

O. B. BE NA VI DES.

C. Arenas Loayza.



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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