Ley Nº 7930

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 07930

LE,Y N* 7930

Transferencia de partidas del Pliego de Hacienda del Presupuesto General de 1934.

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

Por cuanto,:

El Congreso Constituyente lia dado la ley siguiente:

Y ✓

EL CON CRESO

Clemente J. Revilla, Presidente del Congreso.

/M. Wenceslao Delgado, Secretario del Congreso.

Gonzalo Solazar, Secretario del Congreso.

Al señor Presidente Constitucional de la República,

lia dado la ley siguiente:

Artículo único.—Autorízase al Poder Ejecutivo para que efectúe las siguientes transferencias de partidas del Pliego de Hacienda del Presupuesto General vigente

De la partida N9 Id 1, Capítulo VII, la suma de doce mil soles oro (S|o. 12.000.00) a las siguientes:

Por tanto:

Mando se publique y cumpla.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los tres días del mes de diciembre de mil novecientos treinta y cuatro.

O. R. BE NA VIDES.

Roca■

S o. 4,000.00

A la partida N^ITO, capítulo VIII, para impre-presión del Extracto Estadístico.........

A la. partida No. 181, capítulo VIH,, para servicio cablegráfico...... 8,000.00

S|. 12,000.00

Comuniqúese al Poder Ejecutivo, para su promulgación.

Casa del Congreso, en Lima, a los treinta días del mes de noviembre de mil nove-

r

cientos treinta y cuatro.



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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