Tipo de Norma: Ley
Número: 790
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00790LEY N.° 790
Desecación
de la ciudad de Trujillo JUAN PARDO
PRESIDENTE DEL CONGRESO
Por cuanto el Congreso ha dado la ley siguiente:
El Congreso de la República Peruana
Ha dado la ley siguiente;
Artículo l.° — Consígnese en el presupuesto general de la República una partida de dos mil libras para la obra de desecación de la ciudad de Trujillo. Artículo 2.° — La inversión de esa su-
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.