Ley Nº 7888

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 07888

LEY N* 7888

Ratificando el Decreto-Ley N7 6937, que da* rog& la Ley N# 5394, referente •! p*|0

Je la contribución sobre terreno* carboníferos.

CLEMENTE J. REVTLLA

Presidente del Congreso Constituyente de 1931.

En uso de la facultad que le confiere d artículo 129 de la Constitución del Estado

j por cuanto el Congreso ha dado la ley si-píente:

EL CONGRESO CONSTITUYENTE

Ha dado la ley siguiente:

Artículo tínico.—Ratifícase el decreto-ley N9 6937.

Comuniqúese al Poder Ejecutivo para su promulgación.

Casa del Congreso, en Lima, a los treinta días del mes de setiembre de mil novecientos treinta y tres.

Clemente J, IievillaPresidente del Congreso-

Gonzalo SolazarSecretario del Congreso.

.ladres A. Freyre, Secretario del Congreso-

Ai señor Presidente Constitucional de la I.’epúbliea.

Por tanto: no habiendo sido promulgada oportunamente por el Poder Ejecutivo, en observancia de lo dispuesto en el artículo 12!) de la Constitución, mando se publique y se comunique al Ministerio de Hacienda para su cumplimiento.

Casa del Congreso, en Lima, a los nueve

días del mes de mayo de mil novecientos

treinta v cuatro.

*

Clemente J. Iievilla, Presidente del Congreso.

Aí. Wenceslao Delgado, Secretario del Congreso.

Gonzalo Solazar, Secretario del Congreso.

Lima, 14 de mayo de 1934.

Pnblíquese, cúmplase y archívese.

Benjánt ín lloco.



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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