Tipo de Norma: Ley
Número: 7855
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07855LEY N° 7855
Creando el distrito de Cortegana, en la pro vincia de Celendín.
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(Constituyente
Por cuanto: el (Congreso lia dado la lev siguiente:
I.U. /'0MÍ!IUÍ«II í CONSTITI; Y 1ÍNTL'
Ha ciado la ley siguiente:
Artículo I9 — Divídese el distrito de (Thumueh de la provincia de Celemí ín en el departamento de Cajamarca, en dos distritos: Olniivi,ucli, con su capital Olmnuicli; y Cortesana, con su capital Ohimucli.
Artículo 2°. — 1 jos límites del nuevo distrito de Cortesana serán: por el Norte, Kste y Oeste, los que actualmente pertenecen al distrito de Ohmuucli; v por el Sur, los caseríos de Vclásquez y Tanddllo y la margen izquierda del arroyo de Da-
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.