Tipo de Norma: Ley
Número: 7831
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07831LEY N* 831
Emisión de Vales Aduaneros para pagar al comercio de Iquitos los servicios de racionamiento, transporte de tropas y otros.
& PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
por cuanto: el Congreso Constituyente )]fl dado la ley que sigue:
el congreso constituyente
Ha dado la ley siguiente:
Artículo único.—Autorízase al Poder Ejecutivo para emitir trescientos mil soles oro en Vales Aduaneros, para pagar igual suma que se le debe, de años anteriores, al Comercio de Iquitos por racionamiento, transporte de tropas y otros conceptos en la Región del Oriente.
Comuniqúese al Poder Ejecutivo para $u promulgación.
Casa del Congreso, en Lima, a los treinta días del mes de setiembre de mil novecientos treinta v tres.
Clemente J. Reviíla, Presidente del Congreso.
Gonzalo Solazar, Secretario del Congreso-
Andrés A. F rey re. Secretario del Congreso
Al señor Presidente Constitucional de la República-
Por tanto: mando se publique y cumpla.
Dado en la Casa de Gobifrno en Lima, a los nueve días del mes de octubre de mil novecientos treinta y tres.
0. R. BENA VIDES.
A. 8olf y Muro.
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.