Ley Nº 7636

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Tipo de Norma: Ley

Número: 7636


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 07636

i iK Y N'1 : í;:u;

A la partida N : 10 18 S|. 18,000.00 de la N 020.

Transferencias de partidas del Pliego de Instrucción del Presupuesto General de 1932.

('omuníquese al Poder Ejecutivo para <pie disponga lo necesario a Mi eumplimien-to.

PPIbSIDENTE DL LA L’LP'IJBLIOA

Casa del Congreso, eu Lima, a los treinta v un días del mes de octubre de mil no-\ccienlos tren ¡la y dos.

Presidente del Con*

Por cuaiilo: UI ('.'oneroso Constituyente

i’’! dado bl 1(0/ (jilo siyue:

('•lómenle ■/. ¡lovilla,

y reso.

M. Wenceslao Dehnnlo, Secretario del

9 t /

EL CONCLUSO ('ONSTITUVKNTE

Congreso.

t'

yreso.

lia dado la lev siguiente:

Al señor P'rcsidenle Ifopública.

Constitucional de la

Artículo /'miro. — Autorízase las siguientes transferencias do 'partidas del Pliego de Instrucción del Presupuesto (General vírenle:

A la par!ida N- 830 S¡. 12,000.00 de la

N 02(5.

A la partida N" 8:51 S|. 20,000.00 de la iV‘ 02(5.

A la partida N* !C>8 Sj. 80,000.00 d(* la N080.

Por tanto: mando se imprima,, publique, circule y se le dé el debido cumplimiento.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los tres días del mes de noviembre de mil novecientos treinta. Ar dos.

t

LUIS M. SANCHEZ CEIMÍO.

H runda riz.



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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