Tipo de Norma: Ley
Número: 7637
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07637LEY .V*
Derogando el decreto-ley N" 7080
El, PRESIDENTE DE LA REPUBLICA.
Por cuanto: el Congreso Constituyente
lia dado ln ley que sigue:
CONCRESO
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lia dado la ley siguiente:
Artículo único.—El Congreso ha resuelto derogar el decreto-ley N9 7^80 (1) de
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(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.