Tipo de Norma: Ley
Número: 7573
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07573LEY N9 7573
Ratificando varios decretos-leyes.
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA.
Por cuanto: el Congreso Constituyente ha dado la ley que sigue:
EL CONGRESO CONSTITUYENTE Ha dado la ley siguiente:
Artículo único.—Ratifícanse los siguientes decretos-leyes: (1)
N9 6875. Del 4 de setiembre de 1930, por el cual se declara a varios miembros de la Corte Suprema, incapacitados para continuar desempeñando o para reasumir el ejercicio de sus cargos.
N9 6876. Del 4 de setiembre de 1930, por el cual se declara que han cesado en sus cargos los Vocales y Fiscales de la Corte Suprema a quienes se refiere el decreto-ley N9 6875; y se elige, con el carácter de Vocales Titulares de la misma Corte, a los doctores don José María de la Jara y Ureta, don Julio C. Campos, don Eulogio ligarte, don Manuel Benigno Valdivia y don Enrique G. Vélez; y Fiscales Titulares a los doctores don Ezequiel Muñoz y don Fernando Palacios.
N9 6877 Del 5 de setiembre de 1930, por el cual se elige Vocal Titular de la Corte Suprema, al dpctor don Raúl O. Mata.
N9 6878. Del 9 de setiembre de 1930, por el cual se dictan las normas a que debe sujetarse en su funcionamiento el Tribunal de Sanción Nacional.
N9 6879. Del 10 de setiembre de 1930, por el cual se elige Vocal Titular de la Corte Suprema, al doctor don Octavio Santa G'adea.
N9 6880 Del 18 de setiembre de 1930, por el cual se elige Vocales interinos de la Corte Suprema, mientras el Tribunal de Sanción Nacional ejerce sus funciones, a los doctores don Germán Arenas, don Manuel O. Camón y don* Augusto Vil lagar-cía, y Fiscal del mismo Tribunal, con igual carácter, al doctor don Carlos Zavala Loay-za.
N9 6887. Del 26 de setiembre de 1930, por el cual se dispone que los miembros de la Corte Suprema, que forman el Tribunal de Sanción Nacional, integren el expresado Tribunal, sin excluir a los magistrados que interinamente los reemplazan.
N9 6902. Del 29 de setiembre de 1930, por el cual se autoriza al Fiscal del Tribunal de Sanción Nacional y a los miembros dél Ministerio Público, para que denuncien a las personas que se hayan enriquecido con detrimento del Erario Nacional.
N9 6910. Del 28 de octubre de 1930, por el cüal se promulga el Estatuto de Sanción Nacional.
N9 6914 Del 29, de octubre de 1930, por el cual se elige Vocal interino de la Corte Suprema, al doctor don Raúl Norie-ga, mientras el titular doctor don Manuel
B. Valdivia,, desempeña una Vocalía en el Tribuna de Sanción Nacional.
N9 6920. Del 29 de octubre de 1930, por el cual se elige Fiscales interinos de la Corte Suprema, a los doctores don Glice-rio Camino y don Pelayo Puga.
N9 6928. Del 13 de noviembre de 1930, por ei cual se elige Fiscal interino de la Corte Suprema, al doctor don Andrés E-ehevarríaj
N9 6942. Del 19 de noviembre de 1930, por el cual se elige Vocal interino de la Corte Suprema, al doctor don Felipe S. Portocarrero.
*N9 7040. Del 31 de1 agosto de 1930, por el cual se crea en la capital de la República, un Tribunal que se denominará
“Tribunal de Sanción NacionaU.
N9 7043. Del 28 de febrero d© 1931,
por el cual se simplifica el procedimiento ¡ncomendado al Tribunal de Sanción Nacional
N9 7044. Del 7 de marzo de 1931, por el cual se fijan los alcances del decreto-ley de ^8 de febrero de 1931.
N9 7055. Del 17 de marzo de 1931, por e> cual se aclara el artículo quinto del decreto-ley N9 6910 de 28 de febrero de 1930, sobre nombramiento de Fiscal del Tribunal de Sanción Nacional.
Comuniqúese al Poder Ejecutivo, para que disponga lo necesario a su cumplimiento.
Casa de Gobierno, en Sima, a los diez y siete días del mes de agosto de mil novecientos treinta y dos.
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Los decretos-leyes a que se hace re-» ferencia se hallan insertos en el Tomo XXV Sel Anuario de la Legislación Peruana.
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.