Ley Nº 7543

Visualice o descargue la versión PDF de la ley número 7543

Tipo de Norma: Ley

Número: 7543


Visualización de la norma: Ley 7543



Descargar Ley 7543 en PDF -

documento PDF

 07543

LEY No 7543

jr.ctiltan*10 al Poder Ejecutivo para indultar 10 reos rematados, correspondiendo dos por cada provincia del Departamento de

Piara.

Eli PRESIDENTE de la repijblica

por cuanto: el Congreso Constituyente ha dado la ley que sigue:

el congreso constituyente

Ha dado la ley siguiente:

¿ii'liouiu a' AAiuuiucac a, un uimieio utj

diez reos rematados, que corresponden a

dos por cada provincia del departamento de Piura.

Artículo 2P—Al indultarse se debe tener en cuenta:

a) .—Que no sean reincidentes.

b) .—Que hayan cumplido la mitad de la condena y observado buena conducta. con demostración de readaptación, revelada en el trabajo, en la instrucción y en 11 disciplina.

c) .—Que el informe del médico psiquiatra de la Dirección General de Prisiones. no acuse peligrosidad fisiopsico-patolódca.

Artículo 3o—Facúltase al Poder Eiecu-



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


Este sitio usa imágenes de Depositphotos