Ley Nº 7478

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Número: 7478


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 07478

Prorrogando lo» efectos del Decreto-Ley N'-* 7103, que crea las contribuciones “Pro-desocupados”.

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

Por cuanto: el Congreso Constituyente ha dado la ley que sigue:

Ilri UOllgrCSO OUIISULUycilH-.

I fa dado la ley sii»uionl<

■ ' * 9

Artículo único.—ProiTcjga.se por sois meses, a partir del I9 de enero de 10*12, los efectos del decreto-ley N* 71011 (1) del 10 de abril de 10'il.

Comuniqúese al Poder Ejecutivo para c(iie disponga lo necesario a su cumplimiento.

("asa del Congreso, en Lima, a las dos días del mes de enero dó mil novecientos



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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