Tipo de Norma: Ley
Número: 7477
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07477LEY Nv 7477
Declarando en todo su vigor el Dccreto-Iey N'-’ 7449, sobre pago de contribución de minas.
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
Por cuanto: el Congreso Constituyente* ha dado la ley que sigue:
Et Congreso Constituyente de 1931.
Ha dado la ley siguiente:
Artículo único:
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Declinase un todo vi* N* 7-J4D fl) de 25 do
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(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.