Ley Nº 7476

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Número: 7476


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 07476

Res. Leg. N* T 476

Cooiúión Reriiora de los decre(o«.Ieye« expedidas desde el 25 de agosto de 1930. —Declarando insubsistentes los decretos-leyes expedidos con posterioridad al 19 de noviembre de 1931,

FL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

Por cuanto: el Congreso Constituyente' ha dado la ley que sigue:

EL CONGRESO CONSTITUYENTE

íía resuelto:

Primero.—Nombrar de su seno una Co-mibión de Representantes que estudie los decretos-leyes expedidos desde el 25 de agosto de * 1030 y los distribuya entre las



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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