Tipo de Norma: Ley
Número: 7468
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07468rtfcCRÉTO-LÉY N" 7468
Transferetíciá de paftliías. dél pliego de Justicia.
De conformidad le confiere el en árfhonía edil el
Nó. 4598:
Denota :
con los atributos que ubi de su creación y artículo 179 dt* la leV
EL PRESIDENTE DE LA [UNTA NACIONAL DE GOBIERNO
Pof cuanto':
¡La Ju-fita Ndc'Ioiíaí Je Gobierno ha' dado el decreto-ley que sigue:
Transfiérase a la partida No. 611, para pasajes y movilidad ele funéionarios, la simia de uii mil quinientos Soles .oro (S|b. 1.500.03), proveniente de las eboiiofiiías .obtenidas en la partida Nü. 444 del ttiisiiib Pliego.
Dado en la ('asa de Gobierno, en Libia, a los veintiocho días del mes de ndvdehí-bre de mil novecientos treintiuno.
D. SAMANEZ OCAMPO.
LA JUNTA NACIONAL DE
GOBIERNO
Considerando:
José GálVez. — J. F. Tantayo. — G. Garrido Lecca. -r- E. L. Gómez de la Torré. — Gbsbiyo A. Jiméite*. — U. Reafe-güí. — Fed. Díaz jJtilantd.
fondos dispopara pasajes
del Pliego E. 1930, prorro
Que son insuficientes los nildes do la partida N" 611, v movilidad de fíiíicidiiai ir.js, del Presupuesto Geiíeríd de
gado ; v
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Siendo indispensable atender este servicio;
Por tanto:
Alando se.-imprima, publique circule y se le dé el debido cumplimiento.
Dado en la Casa de, Gobierno, en. Lima,
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a los veintiocho días del mes de noviembre de mil novecientos treintiuno.
SAMANEZ OCAMPO.
Garrido Lecca.
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.