Ley Nº 738

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Tipo de Norma: Ley

Número: 738


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 00738

LEY N.° 738

Capital del distrito de San José de los Chorrillos

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

Por cuanto el Congreso ha dado la ley siguiente:

El Congreso de la República Peruana.

Ha dado la ley siguiente:

Artículo único.—Trasládase al pueblo de Langa, la capital del Distrito de San José de los Chorrillos, de la Provincia de Huarochirí en el Departamento de Li m a.

Comuniqúese al Poder Ejecutivo para que disponga lo necesario á su cumplimiento.

Dada en la sala de sesiones del Congreso, en Lima, á los doce días del mes de setiembre de mil novecientos ocho.— Agustín G. G a noza, Presidente del Senado —J. M. Manzanilla, ler. Vice-Pre-sidente de la Cámara de Diputados.—

José Manuel Garcí¿i, Senador Secretario. —Mario Sosa, Diputado Secretario.

Al Exorno. Sr. Presidente de la República.

Por tanto: mando se imprima, publique, circule y se le dé el debido cumplimiento.—Dado en la casa de Gobierno, en Lima, á los catorce días del mes de setiembre de mil novecientos ocho.— José Pardo.—Carlos A. Washhurn.



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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