Tipo de Norma: Ley
Número: 7269
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07269DECRETO-LEY N* 7269
a loa -catorce días del. mes de agosto de mil novecientos treintiuno.
•Zando al Ministerio de Relaciones Aut Exteriores, para cancar el crédito de la Empresa det Ferrocarril de Arica a La Paz contra el Gobierno Peí-
ruano,
trr PRESIDENTE DE LA JUNTA NA-CIONAL DE GOBIERNO
Por cuanto: La Junta Nacional de Gobierno ha dado el decretó ley siguiente:
LA TUNTA NACIONAL DE
GOBIERNO
D. SAMANEZ OCAMPO.
José Gálvez, — Emilio L* Gómez des la Torre. — Federico Díaz Dulanto. — J F. Tamayo. — Gustavo A. Jiméhez. — ü, Reátegui M.
Por tanto: mando se imprima, publique, circule y se le dé el debido cumplimiento.
Casa de Gobierno, en Lima, a los catorce días del mes de agosto de mil novecientos treintiuno.
SAMANEZ OCAMPO.
José Gálvez.
Considerando:
Que el Gobierno adeuda a la Empresa *
del Ferrocarril de Arica a La Paz la suma * *
de nueve mil ochocientos soles, cuarenta centavos (S|. 9.800.40 oro), por repatriación de tacneños ordenada por el Ministerio de Relaciones Exteriores;
Que la Empresa mencionada ha reclamado el pago de esa deuda, en diversas oportunidades, por intenmedio de la Legación de la República en La Paz y de la Legación de Bolivia en esta Capital;
Que se trata de una obligación -de- ^carácter internacional e ineludible, cuyo incumplimiento afectaría el prestigio del Gobierno de la República, que asumió el compromiso de cancolarlar en-el curso* del presente año;
Decreta:
Autorízase al Ministerio de Relaciones Fxteriores, para girar con cargo a la‘Partida N9 317 del pliego del Ramo, del Presupuesto-prorrogado de 1930, la cantidad de nueve mil ochocientos soles, cuarenta centavos (S|. 9.800.40) para que cancele el crédito de la Empresa del Ferrocarril de
Arica a La Paz contra el Gobierno Peruano.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lüaw(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.