Tipo de Norma: Ley
Número: 7191
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07191DKt kKTu l.RY N' 7191
Autorizando al Ministerio de Fomento para establecer Inspecciones Regionales Ó1 Trabajo en las zonas industriales.
LA JUNTA NACIONAL hlíCOmiíRNO
Considerando:
Que los confítelos'colectivos qm* se sus citan entre el Capital y el Trabajo en las runas industriales del país no nneden ser
Mun-.duiln y rtehiciameiUe atincluios por la Sección «leí Trabajo y Previsión Social;
( Mu.* en alalinas de dichas zonas, el Go-I'i(*i'imi lia i icaelu las Inspecciones Repiona les del Trabajo, de acuerdo con las soli-citnc'iones de las Empresas y de los Obreros. cjni lies se lian comjiromctido a su sosia»: miento económico;
Oic: el Estado no puede subvenir a los árelos que d manden los mencionados or-pare'sinos debido a la penuria fiscal;
<-lie es convi níentc a los intereses de las Empresas y de los premios obreros fo-nenlar la creación de tas Inspecciones Re-:¿¡olíale.-» del Trabajo que tengan a su car-:';o ti uiaíilenimidito d > la normalidad en f i - relaciones entre el Capital y el Trabajo :
C i uso do las atribuciones legislativas
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.