Tipo de Norma: Ley
Número: 6986
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06986DECRETO-LEY N° 6986
Transfiriendo a la partida No. 802, S|o. 10,000.00 de la partida No. 803 del Pliego de Justicia.
LA JUNTA DE GOBIERNO
En uso de las atribuciones que le confiere el artículo lo. del decreto-ley de 2. de setiembre último, que crea sus estatutos;
Considerando:
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.