Tipo de Norma: Ley
Número: 6933
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06933DECRETO-LEY N9 6933
Estableciendo las atribuciones y responsabilidades del Ministerio de Marina y Aviación, respecto a sus actividades aéreas en la República.
LA JUNTA DE GOBIERNO
Considerando:
Que la ley N9 6511 ha encomendado aí Ministerio de Marina v Aviación todas las actividades aéreas de la República, y que üor tal motivo se hace necesario dar nueva
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organización a ese Despacho, fijando al mismo tiempo, sus atribuciones y responsabilidades de acuerdo con los adelantos de ambos ramos y de la defensa nacional;
Decreta:
EL MINISTERIO DE MARINA Y
AVIACION
Sus atribuciones y responsabilidades
Artículo L—El Ministerio de Marina y Aviación,' tendrá a su cargo todo lo que se relacione con la defensa de la costa, mar territorial, lagos y ríos navegables de la República : y el desarrollo de la Marina y la Aviación Nacionales, para su empleo más efectivo en la paz y en la guerra.
Artículo 2o—Corresponden al Ministerio de Marina y Aviación, las atribuciones siguientes :
a) —El mando, administración, con-
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tro! y desarrollo de la Marina de Guerra Nacional;
b) —La organización, instrucción y entrenamiento del personal naval; conservación del material y la preparación y eficiencia de la Marina de Guerra Nacional, para su- utilización en la guerra ;
c) —Mantener el control y la policía de la Marina Mercante Nacional e Industrias Marítimas;
d) —Velar por la seguridad de la navegación costera, lacustre y fluvial de ía República;
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.