Tipo de Norma: Ley
Número: 6899
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06899Decreta:
DECRETO-LEY X9 6899
Concediendo moratoria al Banco del Perú y Londres.
LA JUNTA DE GOBIERNO
Considerando:
Oue el anormal retire de fondos efectúa-tío a! Banco del Perú y Londres durante los últimos dias ha ido acentuándose al extremo de que dicha institución no podría continuar atendiendo a esa demanda extraordinaria:
Que el Banco del Perú y Londres, por su larira vida y extensas' vinculaciones, está íntimamente ligado al bienestar económico del pais y que la perturbación que sufriera en su funcionamiento repercutiría en la situación financiera nacional;
Que es deber primordial del Gobierno prevenir toda crisis que pueda causar malestar en la República;
Que para determinar el modo v forma en
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que el Gobierno, el Banco de Reserva del Perú y los demás Bancos de esta capital prestarán su colaboración y apoyo, es necesario disponer del breve tiempo indispensable que permita elaborar un plan eficaz, a fin de que el Banco del Perú v Londres prosiga sus operaciones con plena solidez y
seguridad:
Concédese al Banco del Perú v Londres, en su oficina principal v sucursales, el beneficio de suspender sus pagos desde el día trece hasta el dieciocho, inclusive, del presente mes.
Dado en la Casa fie Gobierno, en Lima, n los once días del mes de octubre de mil novecientos treinta.
LUIS M. SANCHEZ CERRO.
Gustavo Jiménez. — E. Montagne. — Armando Sologuren. — j. Alejandro Bar-
CO. — Ricardo E. Liona. — E. Castillo. — C. Rotalde.
Por tanto: mando se imprima, publique, circule y se le rió el deludo cumplimiento.
Lima, 11 de octubre de 1930.
Firma del Presidente de la Junta de Gobierno.
Liona.
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.