Tipo de Norma: Ley
Número: 6863
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06863Tj-y Nn 6863
Autorizando al Poder Ejecutivo para mandar practicar estudios para establecer polígonos de tiro en las capitales de las siete provincias del departamento de Ayacucho y consignar partida para esas obras
PRESÍ DENTE DE LA REPUBLICA
Congreso lia dado la ley
Por cuanto: el siguiente:
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Ha dado la lev siguiente:
Artículo único. — El Poder Ejecutivo mandará practicar los estudios y formular
los planos y presupuestos para el establecimiento, en terrenos apropiados, de polígonos o campos de tiro en las ciudades de Aya-cucho, IInauta, San Miguel, Coracora, Puquio, Cangallo y Villa Huancapi, capitales de las siete provincias del departamento de Ayacucho. En el Presupuesto General para 1931 se consignará la partida para esas obras.
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.