Ley Nº 6758

Visualice o descargue la versión PDF de la ley número 6758

Tipo de Norma: Ley

Número: 6758


Visualización de la norma: Ley 6758



Descargar Ley 6758 en PDF -

documento PDF

 06758 Res. Leg. N“ 6758

Concediendo un premio pecuniario a la viuda e hija de don José Gagliardo.

Lima, 17 de enero de 1930.

Señor:

El Congreso, de conformidad con la iniciativa del Poder Ejecutivo, y atendiendo a que don José Gagliardo, fué declarado vencedor en el combate del Dos de Mayo de 1866, ha resuelto conceder a doña Juana Ga-riboto y a doña Matilde Gagliardo, viuda e hija, respectivamente, un premio de cien libres (Lp. 100.0.00), divisible en partes iguales, que se consignará en el Presupuesto General.

Lo comunicamos a usted, para su conocimiento y demás fines.

Dios guarde a usted.

Roberto E. Leg uta, Presidente del Senado.

F. A. Mdriátegui, Presidente de 7a Cámara de Diputados.

Lauro A. Curletti, Senador Secretario. Carlos A. Olivares, Diputado Secretario. Al señor Presidente de la República.

Lima, 11 de febrero de 1930.. Cúmplase, comuniqúese y publíquese. Rúbrica del Presidente de la República.

Salmón.



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


Este sitio usa imágenes de Depositphotos