Ley Nº 6759

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 06759

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Res. Leg. N° 6759

Concediendo pensión de montepío a doña Matilde Dulanto viuda de Rossel.

Lima, 31 de enero de 1930.

Señor:

El Congreso, de conformidad con la iniciativa del Poder Ejecutivo, y atendiendo a

r

los importantes servicios prestados a la cau

de la Independencia Nacional por el Co.

ronel don Manuel Cipriano Dulanto, ha re' suelto conceder a su hija doña Matilde Du lanto viuda de Rossel, la pensión de montepío de cuarenta libras (Lp. 40.0.00) mensuales.

Lo comunicamos a usted, para su conocí miento y demás fines.

Dios guarde a usted.

Roberto E. Leguía, Presidente del Sí nado.

F, A. Manátegui, Presidente de la Cama ra de Diputados.

Octavio C. Casanave, Senador Secretario

Carlos A. Olivares, Diputado Secretario

%

Al señor Presidente de la República.

Lima, 11 de febrero de 1930.

Cúmplase, comuniqúese y publíquese.

4

Rúbrica del Presidente de la República.

Salmón,



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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