Tipo de Norma: Ley
Número: 668
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00668LEY N.° 668
Impuesto de tránsito por el puente de Pampas
EL PRESIDENTE DELA REPUBLICA
Por cuanto el Congreso ha dado la ley siguiente:
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El Congreso de la República Peruana
Ha dado la ley siguiente:
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(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.