Ley Nº 669

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Tipo de Norma: Ley

Número: 669


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 00669

LEY N°. 669.

H aber del tesorero fiscal

de Loreto

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

Por cuanto el Congreso ha dado la ley siguiente:

El Congreso de la República Peruana

Ha dado la ley siguiente:

Artículo tínico.—Votase en el presupuesto general de la República una partida de diez libras mensuales para aumentar el haber que actualmente percibe el tesorero fiscal del departamento de Loreto.

Comuniqúese al Poder Ejecutivo para que disponga lo necesario á su cumplimiento.

Dada en la sala de sesiones del Congreso, en Lima, á los veinticinco días del mes de octubre de mil novecientos siete

—M. C. Barrios, Presidente del Senado —Juan Pardo, Diputado Presidente.— D. Matto, Secretario del Senado.—Mario Sosa, Diputado Secretario.

Al Excmo. Sr. Presidente de la República.

Por tanto: mando se imprima, publi. que, circule y se le dé el debido cumplimiento.

Casa de Gobierno, Lima, veintiuno de noviembre de mil novecientos siete. — Jóse Pardo.—Germán Arenas.



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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