Tipo de Norma: Ley
Número: 6598
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06598Ley N° 6598
Autorizando al Poder Ejecutivo para vender varios locales y terrenos.
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
Por cuanto: el Congreso ha dado la ley siguiente:
El Congreso de la República Peruana;
Ha dado la ley siguiente:
Artículo V — Autorízase al Poder Ejecutivo, para que con licitación y previa tasación aprobada por resolución suprema, venda los siguientes locales y terrenos:
Cuartel de Santa Catalina;
Cuartel de Guadalupe t
Cuartel del Cercado;
Cuartel de la Magdalena y haras;
Cuartel del Arsenal y Batería “Alfonso Ugarte”;
Local del piquete del Estado Mayor del ejército
Batería de la Magdalena;
Huerta “Potao”;
Terrenos de Maranga;
Hospital Militar de San Bartolomé y anexos, correspondientes todos a la. Segunda Región;
Cuartel de Ejercicios, correspondiente a la Tercera Región.
El producto de la subasta se aplicará íntegramente a la reparación y construcción de cuarteles, hospitales y otros edificios mi" litares, que satisfagan las necesidades del Ejército con toda amplitud.
Artículo 29 — Queda también autorizado el Poder Ejecutivo, para celebrar uno o varios contratos de construcción de los edificios militares' a que se contrae el artículo anterior. Los inmuebles de que se trata pueden aplicarse al pago o garantía de las obligaciones respectivas en la forma que se juz-que más conveniente.
Comuniqúese al Poder Ejecutivo, para que disponga lo necesario a su cumplimiento.
Dada en la Sala de Sesiones del Congreso, en Lima, a los veintiún días del mes de marzo de mil novecientos veintinueve.
Roberto E. Legiiía, Presidente del Senado.
C. Manchego Muñoz, Diputado Presidente.
C. A. Velarde, Senador Secretario.
Guillermo Rey y LamaDiputado Secretario.
Al señor Presidente de la República.
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Por tanto: mando se imprima, publique, circule y se le dé el debido cumplimiento.
Dado en la Casa de Gebierno, en Lima, a los veintiséis días del mes de marzo de mil novecientos veintinueve
A. B. LEGUIA.
Emilio Sayán Palacios
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.