Tipo de Norma: Ley
Número: 6206
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06206Ley N9 6206
Exonerando del pago de derechos de importación los instrumentos y material de enseñanza que importen la Facultad de Medicina y de Ciencias de la Universidad Mayor de San Marcos.
Dado en la Casa de Gobierno, en Li-má, a los veintiocho días del me's de abril de mil novecientos veintiocho.
A. B. LEGUIA.
Pedro M. Oliveira■,
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
Por cuanto: el Congreso ha dado la ley siguiente:
El Congreso de la República Peruana Ha dado la ley siguiente:
Artículo único.—Exonérase a las Facultades de Medicina y de Ciencias, de la Universidad Mayor de San Marcos, del pago (\t todo derecho de importación de los instrumentos y material de enseñanza que importen, para sus gabinetes y laboratorios, hasta por la cantidad de un mil libras (Lp. 1.000.0.00), para cada facultad.
Comuniqúese al Poder Ejecutivo, para que disponga lo necesario a su cumplimiento.
Dada en la Sala de Sesiones del Congreso, en Lima, a los veinte días del mes de abril de mil novecientos veintiocho.
Roberto E. Le guia, Presidente del Senado .
Jesús M. Solazar, Presidente de la Cámara de Diputados.
César A. Elgucra,. Senador Secretario.
Edo. Escribáis Correa, Diputado Secretario .
Al señor Presidente de la República.
Por tanto: mando se imprima, publique, circule y se le dé el debido 'cumplimiento.
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.