Tipo de Norma: Ley
Número: 6091
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06091Res. Leg. Nq 6091
Crédito suplementario para el ramo de Guerra.
Lima, 16 de febrero de 1928.
Señor:
El Congreso ha resuelto autorizar al Poder Ejecutivo, para la apertura de un crédito suplementario de setecientas libras (Lp. 700.0.00 ) a la partida 120, “para la
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(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.