Tipo de Norma: Ley
Número: 6069
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06069Res. Leg. N-2- 6069
Crédito suplementario para el ramo de Fomento.
Lima, 7 de febrero de 1928.
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El Congreso ha resuelto autorizar al Poder Ejecutivo para la apertura de un crédito suplementario de mil ochocientas libras (Lp. 1,800.0.00), a la partida No. 1-25, para el‘sostenimiento de las Delegaciones de
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(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.