Tipo de Norma: Ley
Número: 5891
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05891Res. Leg. N" 5801
Orédito suplementario para el ramo de Fomento.
Lima, 4¡ de noviembre ele 1927.
Señor:
El Congreso ha resuelto autorizar al Poder Ejecutivo, para la apertura de un crédito suplementaria de quince mil libras (Lp. 15,000.0.00), a la partida No. 170. ‘‘para obras diversas”, del pliego de Fomento del
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.