Ley Nº 5890

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 05890

Crédito suplementario para el ramo de Fomento.

Lima, 4 ele noviembre ele TQ27.

Señor:

El Congreso ha resuelto autorizar al Poder Ejecutivo para la apertura (le un crédito .suplementario de ocho mil libras (Lp. Loco. o. 00), a la partida No. 76, “para el fomento de la inmigración y sostenimiento de colonias del pliego de Fomento del Presupuesto General vigente, con cargo a los mayores ingresos del indicado Presupuesto.

Eo común ¡cornos a Ud. para su conocimiento y demás fines.

Roberto E. Lcguía, Presidente del Senado.

Aníbal Fernández Davila, Senador Secretario.

Carlos A. Olivares, Diputado Secretario.

Al señor Presidente de la República.

I

Lima, 11 ele noviembre de 1927. Cúmplase, regístrese, comuniqúese, pu-

blk|líese y archívese.

Rúbrica del Presidente de la República.

Sonsa.

Dios guarde a XJrl.



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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