Ley Nº 5747

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 05747

Ley N* 5747

Liberando de derechos el mobiliario importado por el “Country Club de Li-ma’>.

ENRIQUE DE LA PIEDRA

Presidente del Congreso

Por cuanto: el Congreso lia expedido la ley siguiente:

El Congreso de la República Peruana

Ha dado la ley siguiente:

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tivo para que libere de derechos consulares y de importación inclusive adicionales,

el mobiliario y demás implementos que importe el Country Club de Lima, para la instalación del local que construye en las inmediaciones de esta capital.

Airtículo 2"—El monto de la liberación a que se retiere el artículo anterior, no podrá exceder de doce mil libras peruanas.

Comuniqúese al Poder Ejecutivo, para que disponga lo necesario a su cumplimiento.

Dada en la Sala de Sesiones del Congreso en Lima, a los veinticinco días del mes de enc-ro de mil novecientos veintisiete.



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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