Ley Nº 573

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Tipo de Norma: Ley

Número: 573


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 00573

LEY N.° 573

Aumento de la partida para el sostenimiento de la Escuela de Agricultura

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

Por cuanto el Congreso ha dado la ley siguiente:

El Congreso de la República Peruana

Ha dado la ley siguiente:

Artículo único.—Auméntase en doscientas cincuenta libras anuales la partida N.° 7,082 del presupuesto general, destinada al sostenimiento de la Escuela Nacional de Agricultura y Veterinaria. Dicho aumento se aplicará á la alimentación de los nuevos alumnos y á mejorar la de los actuales.

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(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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