Tipo de Norma: Ley
Número: 5270
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05270Ley N 5270
Consignando partida para la construcción de la plaza de abastos de la ciudad. de Tarata,
EL PRESIDENTE DE LA REPTJBLICA
Por cuanto: el Congreso ha dado la ley siguiente
El Congreso de la República Peruana
Ha dado la ley siguiente:
Artículo único. — Consígnese en el Presupuesto General cuatrocientas libras rwm
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.