Ley Nº 5270

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Tipo de Norma: Ley

Número: 5270


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 05270

Ley N 5270

Consignando partida para la construcción de la plaza de abastos de la ciudad. de Tarata,

EL PRESIDENTE DE LA REPTJBLICA

Por cuanto: el Congreso ha dado la ley siguiente

El Congreso de la República Peruana

Ha dado la ley siguiente:

Artículo único. — Consígnese en el Presupuesto General cuatrocientas libras rwm



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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