Tipo de Norma: Ley
Número: 5269
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05269Ley N 5269
Creando una Comisaría miral en los ríos Tambo y Alto Ucayali.
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
Por cuanto: el Congreso ha dado la ley siguiente
El Congreso de la República Peruana
Ha dado la ley siguiente:
Artículo 1 — Créase una comisaría en los ríos Tambo y Alto Ucayali. El haber del Comisario será de veinticinco libras mensuales.
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.