Tipo de Norma: Ley
Número: 5168
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05168Ley N.° 5168
Nombrando una comisión parlamentaria que se encargue de la revisión del proyecto de Código de Procedimientos en materia criminal.
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
*
Por cuanto: el Congreso ha dado la ley siguiente:
El Congreso de la República Peruana Ha dado la ley siguiente:
Ar\ i culo i.°—Una cdmisión compuesta de un senador y un diputado, elegidos por sus respectivas Cámaras, se encargará de la revisión del proyecto de Código de Procedimientos en materia Criminal, formulado conforme á lo dispuesto en la ley No. 4460, (*).
Artículo 2.0 — La comisión teniendo en cuenta las observaciones hechas por las Cortes Superioresb propondrá las modificaciones que juzgue conveniente introducir en el Código Penal, para concordarlo con el proyecto de que trata el artículo anterior.
Ar.ículo 3.0—La comisión designará, como auxiliares, un secretario letrado y entre el personal de empleados de las Cámaras, un taquígrafo y dos amanuenses.
Comuniqúese al Poder Ejecutivo, para que disponga lo necesario á su cumplimiento.
Dada en la Sala de Sesiones del Congreso, en Lima, á los veintitrés días del mes de julio de mil novecientos veinticinco.
E. de la Piedra, Presidente del Senado.
F. A. Mariátegui, Presidente de la Cámara de Diputados.
M. D, Gomales, Senador Secretario.
Eduardo C. Basadre, Diputado Secretario.
Al señor Presidente de la República.
Por tanto:
Mando se imprima, publique, circule y se le dé el debido cumplimiento.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los treinta y un días del mes de julio de mil novecientos veinticinco.
A. B. LEGUIA.
A. Ma guiña Ley N9. 4460
(*) — Artículo único. — Encárgase á una co-misin compuesta de dos Senadores y tres Diputada elegidos por sus respectivas Cámaras y dos magistrados elegidos por la Corte Suprema, la revisión del proyecto del Código Penal y del vigente Código de Procedimientos en la misma materia.
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.