Ley Nº 5150

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 05150

Res. Leg. N.° 5150

Montepío para la viuda de don Juan P. Solari, empleado de la Beneficencia Pública de Lima.

Lima, 11 de julio de 1925.

Señor:

El Congreso, en vista de la iniciativa del Poder Ejecutivo, ha resuelto autorizar a la Sociedad de Beneficencia Pública de Lima para que, teniendo en cuenta los servicios prestados por don Juan P. Solari, conceda a la viuda de éste, doña María Luisa Salinas de Solari, la cantidad de trece libras, dos soles mensuales, como pensión de montepío.

Lo comunicamos a usted, para su conocimiento y demás fines.

Dios guarde a Ud.

E. de la Piedra, Presidente del Senado.

F. A. Mariátegui, Presidente de la Cámara de Diputados.

M. D. Gomóles, Senador Secretario.

Eduardo C. Basadre, Diputado Secretario.

Al señor Presidente de la República.

Lima, 15 de julio de 1925.

Cúmplase, regístrese, comuniqúese y pu-blíquese.

Rúbrica del Presidente de la República.

M a guiña.



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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