Ley Nº 5059

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 05059

Res. Leg. N.° 5059

Premio pecuniario a doña Mercedes Chá-varri viuda de Barreto y a doña Justina Barreto.

Lima, 4 de marzo de 1925.

El Congreso atendiendo a los servicios prestados al País, por don Jorge M. Barreto, ha resuelto conceder a la viuda e hija de éste doña Mercedes Chávarri y doña Justina Barreto, respectivamente, un premio de doscientas cincuenta libras de oro, que se consignarán en el Presupuesto General.

Lo comunicamos a usted, para su conocimiento y demás fines.

Dios guarde a Ud.

Guillermo Rey, Presidente del Senado.

F. A. Mariátcgui, Presidente de la Cámara de Diputados.

E. M. del Prado, Senador Secretario.

Juan Cobián, Diputado Secretario.

Al señor Presidente de la República.

Lima, 6 de marzo de 1925.

Cúmplase, comuniqúese, regístrese y pu-blíquese.

Rúbrica del Presidente de la República.

Málaga Santolalla.



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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