Ley Nº 5003

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Tipo de Norma: Ley

Número: 5003


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 05003

Ley N.° 5003

Denominando provincia ‘.‘Bolívar” a la de Cajamarquilla.

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

Por cuanto: el Congreso ha dado la ley siguiente:

El Congreso de la República Peruana

Ha dado la ley siguiente:

Artículo único.—La Provincia de Cajamarquilla, del Departamento de la Liber-



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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