Ley Nº 498

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Tipo de Norma: Ley

Número: 498


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 00498

LEY N.° 498

Estaciones radiográficas de puerto

Bermúdez y Masisea

EL PRESIDENTE DELA REPUBLICA

Por cuanto el Congreso ha dado la lev siguiente:

El Congreso de la República Peruana

Ha dado la ley siguiente:

Art. l.°—Consígnese en el Presupuesto General de la República para 190» la suma de tres mil veinticuatro libras al año para el sostenimiento de las estaciones radiográficas de Puerto Bermúdez y Masisea.

Art. 2.°—El -Poder Ejecutivo presentare! á la próxima legislatura el respectivo provecto de lev determinando el cuadro

1 r »

de empleados con sus dotaciones respec*



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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