Tipo de Norma: Ley
Número: 497
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00497LEY N.° 497
Gastos de escritorio del.
Ministerio de Justicia
EL PRESIDENTE DELA REPUBLICA
Por cuanto el Congreso ha dado la ley siguiente:
El Congreso de 1a República Peruana
Ha dado la ley siguiente*.
Artículo único.—Auméntase á diez libras mensuales, la partida N.° 4.019 del Presupuesto General, destinada á la compra de útiles de escritorio para el Ministerio de Justicia, Instrucción y Culto.
Comuniqúese al Poder Ejecutivo para que disponga lo necesario á su cumplimiento.
Dada en la sala de sesiones del Congreso,en Lima, á los seis días del mes de setiembre de mil novecientos siete.— M.
C. Barrios, Presidente del Senado.— Juan Pardo, Diputado Presidente.—D.
Matto, Senador Secretario.—Mario Sosa, Diputado Secretario.
Al Exento. Sr. Presidente de la República
Por tanto: mando se imprima, publique y circule 3" se le dé el debido cumplimiento.
Dado en la casa de Gobierno, en Lima, á los siete días del mes de setiembre de mil novecientos siete.—José Pardo.— Carlos A. Washhurn.
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.