Tipo de Norma: Ley
Número: 4957
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04957Ley N9 4957
Creando kn la provincia l>k Cañete las
PLAZAS DK A CIENTE FISCAL Y DE ESCRIBANO DEL CHÍMEN.
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICAPor cuanto: el Congreso ha dado la ley siguiente:El Congreso de ¡a República Feruana Ha dado la ley siguiente:
Artículo único —Créase en la provin-
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(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.