Tipo de Norma: Ley
Número: 4920
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 04920Ley N° 4920
Autorizando al Poder Ejecutivo para
ABRIR UN CRÉDITO SUPLEMENTARIO POR NUEVE MIL OCHOCIENTAS SETENTA Y CUATRO LIBRAS PERUANAS, PARA AUMENTAR LA PARTIDA No. 600 DEL HaMO DE HACIENDA.
EL PRESIDENTEDE LA REPUBLICAPor cuanto: el Congreso há. dado la ley siguiente:
El Congreso de la República Peruana
lia dado la ley siguiente:
Artículo único.—Autorízase al Poder Ejecutivo para abrir un crédito suplementario por nueve mil ochocientas setenta y cuatro libras peruanas, a la partida No. 600 para imprevistos del pliego de Hacienda del Presupuesto de la R©' pública correspondiente a 1928, con cargo a los mayores productos tanto de los derechos de importación como do los derechos de exportación del azúcar y del petróleo, correspondientes al ejercicio presupuestal próximo pasado.
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.