Ley Nº 4882

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Número: 4882


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 04882

Liíy Nü 4882

Exonerando del pago de contribución

SOBRE LA RENTA A LAS SOCIEDADES DE

Beneficencia Publica de Lima y Callao.

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

Por cnanto c) Congreso ha darlo la lej siguiente:

El Congreso de la República Peruana Ha dado la ley siguiente:

Artículo l9—Exonerante del pago de la contribución sobre la renta los bonos que emitan las Sociedades de Beneficencia Publica de Lima y el Callao, con el objeto de atender a la reedificación de sus inmuebles urbanos, y de construir edificios para hospitales, asilos y demás obras de esta naturaleza.

Artículo 2o—Las citadas Sociedades de Beneficencia podrán contratar directamente, sin el trámite de la licitación pero con aprobación del Poder Ejecutivo, la ejecución de esas obras.



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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