Ley Nº 4872

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Número: 4872


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 04872

Ley N° 4872

Creando en la provincia de Quispican-

CHIS, LA PLAZA DE AGENTE FlSCAL.

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

Por cnanto: ©1 Congreso ha dado la ley siguiente:

El Congreso de la República Peruana Ha dado Ja ley siguiente:

Artículo único.—Créase en la provincia de Quispieanchis, del departamento del Cuzco, la plaza de Agente Fiscal, con el mismo haber que percibe el juez de primera instancia de la mencionada provincia.

Comuniqúese al Poder Ejecutivo, para que disponga lo necesario a su cumplimiento.

Guillermo Rey, Presidente del Senado.

F. A. Mariategui, Presidente de la Cámara de Diputados.

R. C. Espinoza, Senador Secretario.

Eduardo C. Basadre, Diputado Secretario.

Al señor Presidente de la República.

Por tanto: mando se imprima, publique, circule y se le dé el debido cumplimiento.

Casa de Gobierno, Lima, a los once días del mes de enero de mil novecientos veinticuatro.

A. B. Leguía.

J. E. Ego Aguirre.

Dada en la sala de sesiones del Congreso, en Lima, a los cinco días del mes de enero de mil novecientos veinticuatro.



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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