Tipo de Norma: Ley
Número: 482
documento PDF
00482LEY N.° 432
Gasto material de los juzgados de P Instancia del departamento de Caj amarca
EL PRESIDENTE DELA REPUBLICA
Por cuanto: el Congreso ha dado la ley siguiente:
El Congreso de la República Peruana Ha dado la ley siguiente:
Artículo único.—Auméntese en seis soles mensuales la partida del presupuesto general de la República para el servicio 3' gasto de material de administración de justicia en los juzgados de 1.a instancia que funcionan en el departamento deCajamarca.
Comuniqúese al Poder Ejecutivo para que disponga lo necesario á su cumplimiento.
Dada en la sala de sesiones del Congreso,en Lima, á los 28 días del mes de agosto de 1907.—M. C. Barrios, Presidente del Senado.—Juan Pardo, Diputado Presidente.—D. Mattn, Secretario del Senado.—Mario Sosa, Diputado Secretario.
Al Excmo. Sr. Presidente de la República*
Por tanto: mando se imprima, publique y circule y se le dé el debido cumplimiento.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, á los 31 días del mes de agosto de 1907.—José Pardo.—Cario A. Wash-burn.
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.