Ley Nº 4804

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Tipo de Norma: Ley

Número: 4804


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 04804

Ley N° 4804

Autorizando al Poder Ejecutivo para

LA APERTURA de UN CRÉDITO, DESTINADO AL SERVICIO DE POLICÍA PREVENTIVA RN

toda la República.

ÉL PRESIDENTE DELA REPUBLICA

Por cuanto: el Congreso ha dado la ley siguiente:

El Congreso de la Reftública Peruana.

±la dado ia ley siguiente:

Artículo único.— Autorizase al Poder Ejecutivo para la apertura de un crédito adicional a la partida número quinientos treintiuno del capitulo quinto del pliego de Gobierno del Presupuesto General vigente, destinada a] servicio de policía preventiva en toda la República, por la suma de dieciocho mil libras peruanas {Lp. 18.000.0.00), con cargo a los mayores ingresos provenientes tanto de los derechos cobre la importación, como los de la exportación del azúcar y el petróleo durante el ejercicio del actual Presupuesto.

Comuniqúese al Poder Ejecutivo para



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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