Tipo de Norma: Ley
Número: 4804
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04804Ley N° 4804
Autorizando al Poder Ejecutivo para
LA APERTURA de UN CRÉDITO, DESTINADO AL SERVICIO DE POLICÍA PREVENTIVA RN
toda la República.
ÉL PRESIDENTE DELA REPUBLICAPor cuanto: el Congreso ha dado la ley siguiente:
El Congreso de la Reftública Peruana.
±la dado ia ley siguiente:
Artículo único.— Autorizase al Poder Ejecutivo para la apertura de un crédito adicional a la partida número quinientos treintiuno del capitulo quinto del pliego de Gobierno del Presupuesto General vigente, destinada a] servicio de policía preventiva en toda la República, por la suma de dieciocho mil libras peruanas {Lp. 18.000.0.00), con cargo a los mayores ingresos provenientes tanto de los derechos cobre la importación, como los de la exportación del azúcar y el petróleo durante el ejercicio del actual Presupuesto.
Comuniqúese al Poder Ejecutivo para
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.