Ley Nº 4803

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Tipo de Norma: Ley

Número: 4803


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 04803

Ley N.° 4803

Aprobando el acuerdo celebrado entre el Gobierno y la Compañía Recaudadora de Impuestos.

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

Por cuanto: el Congreso ha dado la ley siguiente:

El Congreso ríe Ja República Peruana

Ha dado la ley siguiente:

Attíoulo único.—Apruébase el acuerdo

nalakrar) a a) ft-AKiomn i 1 í* O A m H *



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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