Tipo de Norma: Ley
Número: 48
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00048LEY N.° 48 Empréstito para el Colegio de Guadalupe
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
Por cuanto el Congreso ha dado la ley siguiente:
El Congreso de la. República Peruana Considerando:
Que es necesario ampliar la ley de 9 de enero de 1904;
Ha dado la ley siguiente:
Art. L°— Autorízase al Poder Ejecutivo para que levante un empréstito á fin de adquirir los fondos necesarios para la terminación de las obras del nuevo local del colegio de Guadalupe.
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.