Ley Nº 456

Visualice o descargue la versión PDF de la ley número 456

Tipo de Norma: Ley

Número: 456


Visualización de la norma: Ley 456



Descargar Ley 456 en PDF -

documento PDF

 00456

LEY No. 456 Gastos ds instalaron do la Corte de ¡quitos

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

Por cuanto el Congreso ha dado la lev siguiente:

El Congreso de la República Peruami Ha dado la ley siguiente:

Artículo único. Votase, por una sola vez, en el pliego extraordinario de justicia del presupuesto general de la República para 1907 la suma de cuatro mil libras, destinadas á cubrir los gastos que ocasione la traslación del personal que debe componer la nueva Corte Superior de Iquitos y la instalaeión de la misma.

Comuniqúese al Poder Ejecutivo para que disponga lo necesario á su cumplimiento.

Dada en la sala de sesiones del Congreso, en Lima, á los 20 días del mes de diciembre de 1906.—M. C. Barrios, Presidente del Senado.—Juan Pardo, Primer Vice-Presidente de la H. Cámara de Diputados. —José Manuel García, Senador Secretario.—M. Irigoyen Vidaurre, Diputado Pro-Secretario.

Al Excmo. Sr. Presidente de la República.

Por tanto: mando s¡e imprima, publique y circule y se le dé el debido cumplimiento.— Dado en la casa de Gobierno en Lima, á los 21 días del mes de diciembre de 1906.—José Pardo. — Carlos A. Washhurn.



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


Este sitio usa imágenes de Depositphotos